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Surgen acuerdos entre empresas competidoras para evitar espionaje
Surgen acuerdos entre empresas competidoras para evitar espionaje
Fuente: Ambito Financiero – Pág. 10
Autor: Julián Arturo de Diego
Fecha: 17-07-06
Una de las más grandes empresas de gaseosas denunció a un empleado infiel de su más importante competidor que pretendió venderle secretos a cambio de una compensación económica. Las dos corporaciones se unieron en contra de la corrupción del espionaje industrial y la venta de secretos. Hoy por ti, mañana por mí. En definitiva, la persona que quería traficar con información secreta o confidencial ( inside information ) no sólo no logró vender la misma a un eventual interesado, sino que es pasible de sanciones de distinta naturaleza.
Surgen acuerdos entre empresas competidoras para evitar espionaje
Una de las más grandes empresas de gaseosas denunció a un empleado infiel de su más importante competidor que pretendió venderle secretos a cambio de una compensación económica. Las dos corporaciones se unieron en contra de la corrupción del espionaje industrial y la venta de secretos.
«Hoy por ti, mañana por mí.» En definitiva, la persona que quería traficar con información secreta o confidencial («inside information») no sólo no logró vender la misma a un eventual interesado, sino que es pasible de sanciones de distinta naturaleza.
La primera es que se frustró su «negocio» de lograr una suma de dinero; en segundo lugar seguramente será desvinculado de la empresa por una injuria laboral gravísima, y por último, será pasible de las sanciones civiles (por daños y perjuicios) y eventualmente penales si incurrió en un delito tipificado por la legislación aplicable en cada país.
Estos acuerdos de cooperación, en su primera etapa provenían de la iniciativa individual de las corporaciones para buscar mayor transparencia en su operatoria, y sobre todo en lo que tiene que ver con la transparencia en el mercado. En una segunda etapa, los acuerdos de cooperación, a veces tácitos y últimamente escritos y acordados con cartas reversales, ya trascienden el ámbito del mero tráfico de información confidencial, y llegan prácticamente todas las hipótesis en donde se puedan producir ilícitos y actos contrarios a la moral y las buenas costumbres, siempre dentro de lo que podemos llamar genéricamente espionaje industrial.
Precauciones
Hasta ahora, las empresas tomaban precauciones en el marco bilateral (entre el empleador y sus trabajadores) en materia de secretos, lealtad y a través de convenios de confidencialidad, fidelidad y no competencia, previendo no sólo prohibiciones, sino la amenaza de sanciones por daños y perjuicios y eventualmente, si se diera el caso, de naturaleza penal.
A partir del ejemplo precitado, se comenzó recientemente con dos acuerdos que se están firmando entre las empresas líderes -algunos escritos, otros basados en acuerdos verbales, y en muchos casos fundamentados en los códigos de conducta y políticas corporativas de las grandes compañías- por medio de los cuales se comprometen a no contratar personal que se encuentre trabajando en la competencia o en proveedores de la misma. Con este mecanismo, se evita la lucha por la búsqueda de recursos humanos y se evitan todas las eventuales sospechas de transmisión de datos confidenciales. Es importante destacar que esta información no sólo tiene que ver con secretos objetivos tales como fórmulas, planos o dispositivos.
También puede alcanzar las estrategias o tácticas comerciales, el manejo de las marcas, los planes de marketing o de logística o distribución de los productos o servicios, entre otras.
A su vez, la legislación laboral ha avanzado en estos temas, desde el momento en que sólo se establecían los deberes del trabajador de cumplir con obligaciones genéricas. En la actualidad, los secretos, la fidelidad y los actos de competencia desleal se enuncian con precisión y establecen consecuencias laborales, civiles y penales.
De las dos etapas primigenias, se está pasando ahora primero a la tripolaridad y podrían convertirse en mecanismos multipolares. En efecto, no sólo se formulan acuerdos entre empresas sino que se pasa a nivel sectorial (cámaras empresariales, entidades multisectoriales, etc.), con los organismos de contralor (como las reglas SOX), y con las áreas específicas del Estado. En otros términos, las corporaciones y el mercado en general exigen trasparencia y credibilidad, las que sólo se logran con claras reglas de juego, y con normas que aseguren que las exteriorizaciones sean coincidentes con las registraciones contables y con los auténticos resultados de cada organización en particular.