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Salario mínimo en dólares supera al de convertibilidad
Salario mínimo en dólares supera al de convertibilidad
Fuente: Ambito Financiero – Pág. 12
Autor: Julián Arturo de Diego
Fecha: 24-07-06
El Salario Mínimo Vital y Móvil puede pasar de 630 a 870 pesos por pedido de Hugo Moyano y de la CGT. El sector empleador sostiene que debería incorporarse al valor actual 19% que se concedió en las negociaciones de los básicos convencionales para seguir con cierta coherencia el desplazamiento del piso mínimo. Con ello, el monto pasaría a 750 pesos. Es probable que el valor final esté entre los dos extremos.
Salario mínimo en dólares supera al de convertibilidad
El Salario Mínimo Vital y Móvil puede pasar de 630 a 870 pesos por pedido de Hugo Moyano y de la CGT. El sector empleador sostiene que debería incorporarse al valor actual 19% que se concedió en las negociaciones de los básicos convencionales para seguir con cierta coherencia el desplazamiento del piso mínimo. Con ello, el monto pasaría a 750 pesos. Es probable que el valor final esté entre los dos extremos.
Todo ello será discutido en el seno del Consejo del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil, órgano consultor tripartito, integrado por la representación de la CGT en igual número que la representación de los distintos sectores del empresariado, y presidido por el ministro de Trabajo. En esta integración formal se había convocado como parte de la representación sindical a la CTA, que, como se sabe, sólo puede estar presente si la CGT lo acepta, dado que esta entidad no tiene personería gremial y, por ende, conforme nuestro sistema legal, no tiene representatividad.
Cabe destacar que conforme a la legislación vigente el salario mínimo es la menor retribución que debe percibir un trabajador en una jornada legal de trabajo (8 horas diarias y 48 semanales), y su corrección sólo alcanza a los que cobran un monto bruto menor que el que se establezca. Es un piso por debajo del cual nadie puede ser retribuido, y por ende, es un piso que no puede ser perforado por excepción alguna.
Sin efecto
El cambio no afecta ni modifica los básicos convencionales, y si existiere algún salario por debajo del nuevo mínimo, habrá que liquidar la diferencia. El porcentaje del cambio del salario mínimo tampoco tiene ningún efecto sobre los salarios existentes en el mercado ni produce ningún ajuste automático de los valores de las retribuciones de los trabajadores en general.
Como se recordará, durante más de 11 años el salario mínimo se mantuvo en 200 pesos. En rigor, recién a partir de 2002 se inició el proceso de aumento del mínimo, empleado por el Poder Ejecutivo como un instrumento de política social para desplazar la base y mejorar los ingresos de los que se encontraban en los niveles más bajos. Al llegar al valor de 630 pesos, equiparó y superó levemente el valor vigente durante la convertibilidad en donde los 200 pesos eran 200 dólares. Ahora, con este nuevo cambio, el salario mínimo superaría en dólares el mínimo de aquella época, para transformarse en forma clara en un medio de inducción de la política de mejorar los ingresos de los que cobran las retribuciones más bajas.
Parámetros
De hecho, el gobierno tiene dos parámetros a la vista: el índice de indigencia, que ronda los $ 440, y el de pobreza, que gira en torno de los $ 840. Desplazando el valor a este último monto o a lo que pide la CGT, unas 800.000 se beneficiarían con pequeños retoques en su ingreso, sin perjuicio de los efectos relativos pero ciertos que este valor tiene sobre la economía laboral clandestina, que si bien no tiene reglas, siempre es influida por los cambios de los mínimos interprofesionales (SMVM) como por los mínimos profesionales o sectoriales, como es el caso de la actualización de los básicos de los convenios colectivos de trabajo. El número precitado aumenta si se considera que el SMVM es base de cálculo de adicionales convencionales, que obviamente se modifican cuando el valor sea publicado en el Boletín Oficial.
En síntesis, es obvio que el SMVM es y será parte de la política oficial futura en materia de redistribución del ingreso, lo que implica que se irá ajustando periódicamente en relación con el límite mínimo establecido por el índice de pobreza.