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21 marzo 2007

Cómo incorporar códigos de conducta en las empresas

Cómo incorporar códigos de conducta en las empresas
Fuente: Bae Profesional
Autor: Julián A. De Diego (Especialista en temas laborales)
Fecha: 21-03-07


Dr. Julián Arturo de Diego
Los códigos de conducta son reglamentos internos establecidos por las empresas con el fin de enfatizar las reglas éticas y de comportamiento que se espera de los trabajadores en general y de los gerentes y ejecutivos en particular.


Si bien estas normas integran el contrato individual de trabajo y tienen antecedentes remotos, el auge se produjo a partir de los casos Enron y Wordcom en donde se falseó la información de los registros y de los balances con el fin elevar artificialmente el valor de las acciones en su cotización bursátil. Fue así como se dictó la Ley Sarbanes Oxley que impuso a las empresas el cumplimiento de una importante serie de reglas que garanticen la transparencia de los actos y la registración de las operaciones reflejando la realidad de los negocios.
Como una clara derivación de las reglas SOX (así se denominan en forma abreviada las reglas de la ley Sarbanes Oxley) se crearon una serie de instrumentos para establecer no solo principios, sino sobre todo, procedimientos y reglas de comportamiento. Entre ellas, la más importante es el código de conducta dirigido primero a los directores, gerentes, y ejecutivos en general, y hoy extendida a todos los trabajadores de una organización.
Si revisamos la legislación vigente, el derecho de organizar dirigir y modificar las condiciones de trabajo del empleador, y los deberes de fidelidad, diligencia y colaboración del trabajador, más los principios comunes propios del buen trabajador y del buen empleador en el marco de la buena fe, nos dan la cobertura suficiente para introducir los códigos de conducta dentro de las empresas sin grandes objeciones.
Tratándose de estipulaciones propias del contrato individual de trabajo, el código de conducta debe formalizarse por escrito y en doble ejemplar, con la firma de las partes, es decir, del representante del empleador y de cada trabajador. En caso de dudas sobre su obligatoriedad y contenido, una estipulación como la contenida en el código impone al empleador la carga de la prueba (“onus probandi”), siendo el único medio inequívoco el de la prueba escrita. La difusión del código de conducta por vía de intranet es un medio que requiere de prueba para demostrar que había llegado a conocimiento de cada uno de los dependientes de la empresa.
En el contenido se establecen reglas y normas muy heterogéneas y variables según la empresa o la actividad. Entre ellas destacamos: La determinación clara de las reglas éticas, morales y de convivencia social, no solo el no que hace a su observancia sino también en lo relativo Los principios generales, como la observancia de las órdenes e instrucciones, el uso adecuado de los equipos, las reglas de empleo de los servicios informáticos, y en general el cumplimiento de las reglas éticas de la compañía y las de tipo general que surjan de la moral y las buenas costumbres También se incluye reglas especiales en materia de preservación de secretos y confidencialidad de la información de la empresa, confidencialidad, fidelidad y lealtad en relación con los contactos y relaciones con empresas competidoras, y sobre todo el deber de custodia de los valores y principios enunciados en las normas, tanto en lo que hace a la conducta propia, como a la denuncia de los actos reprochables de los que fueran testigos o tomaran razonablemente conocimiento Se establece un catálogo de causales regladas pasibles del régimen disciplinario y en hipótesis consideradas faltas graves, sancionables con el despido por culpa y responsabilidad del trabajador Se tratan temas centrales de las corporaciones como el principio de no discriminación, y la aplicación de normas sobre “diversidad” por medio de los cuales se busca preservar el principio de igualdad, en igualdad de circunstancias, abriendo la empresa a los potenciales trabajadores sin diferenciación de raza, religión, origen social, étnico, estado civil, vedando toda diferenciación que pueda ser considerada arbitraria o injusta Se establece como deber esencial el de denunciar cualquier violación a los deberes incluidos en el código de conducta, considerando falta grave su omisión. A la vez se establece un sistema de protección al denunciante, preservando su anonimato, y en su caso, amparándolo frente a cualquier acto ilegítimo, presión arbitraria o represalia Se establecen mecanismos especiales de protección a la mujer, en el plano del denominado “acoso sexual”, y cualquier otra forma ilegítima o ilegal de presión o de discriminación en su contra como el del “acoso psicológico” que opera en un plano más amplio de las relaciones laborales.
El agiornamiento de los valores, el plano axiológico donde se preservan la ética de los negocios, y la moral y las buenas costumbres es una premisa fundamental para lograr confiabilidad y trasparencia en las empresas, sobre todo las transnacionales. Las reglas SOX y sus auditorías se complementan con el código de ética que seguramente constituirá una herramienta fundamental para encausar las normas internas y externas de las personas en las empresas garantizando la verosimilitud de sus actos y la coincidencia con los registros.

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