
LaborNet Nº 835 “Nuevo régimen legal de extinción del contrato de trabajo por jubilación”
Sumario: I. Introducción.— II. El nuevo régimen legal de extinción por jubilación.— III. Las críticas al modelo elegido y sus vacíos legales.— IV. Conclusiones.
- Introducción
La reforma generada por la ley 27.426 introdujo cambios en la extinción del contrato de trabajo por causa de jubilación, que responden por una parte a nuevos paradigmas en materia de política social y de recursos, a causas de naturaleza relacionada con la franja etaria con implicancias sociales y ligadas a la salud, y que generan no pocos debates y controversias sobre la oportunidad, la conveniencia, y en su caso, sobre las eventuales inconsistencias.
El hecho de que se ajuste el sistema de cálculo de las jubilaciones y las pensiones no es un hecho ajeno a las reformas incorporadas a la legislación laboral de fondo.
A la vez, los arts. 252 y 253 de la Ley de Contrato de Trabajo incorporan correctamente la jurisprudencia mayoritaria, y el Plenario “Couto de Capa” según el cual el trabajador que se jubila y reingresa y el trabajador que se jubila y continúa trabajando son asimilables, y por ende, ambos tendrán antigüedad en cero al recibir el haber jubilatorio y devengarán nueva antigüedad a partir de dicha fecha a los efectos de las normas compatibles.
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