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30 octubre 2018

Las nuevas formas de trabajo cambian los paradigmas

Los emprendedores de nuevos proyectos y servicios, los acompañantes terapéuticos, los personal trainers, los choferes de UBER, los porteadores y encomenderos de RAPI y similares, los motoqueros, los que operan fletes o trasladan encomiendas, son algunos de los ejemplos de personas que no tienen vínculo laboral con el usuario ni con las empresas que son titulares y proveen la aplicación (app) que es el software que relaciona al usuario con quien en definitiva le brinda el servicio.

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Martes 30 de octubre de 2018
Hasta el Gobierno de la Ciudad que prohibió a UBER en forma explícita, creó BAtaxi que es una aplicación para los taxis matriculados registrados y con cuenta bancaria para competir en alguna medida con UBER, Cabify, Lift y las radiotaxi como Taxi Premium y otros que crearon aplicaciones para facilitar el nexo entre el chofer y el cliente y viceversa. Recordemos que los taxi también tienen un servicio de call center bajo diversas denominaciones, que se utiliza para obtener viajes, y también existe por ende un vínculo entre la empresa que logra los viajes y los taxis adheridos al sistema.

Si un chofer de UBER puede invocar la relación de dependencia, lo mismo podrá ocurrir ahora entre el Gobierno de la Ciudad y los taxistas que adhieran a la aplicación de BAtaxi.

Los Estados Unidos, los países centrales de Europa como España, Gran Bretaña, Francia, Alemania o Italia, en Australia, Nueva Zelanda y Japón, y hasta en China (fusionada con Diddi Cruxing) UBER y las demás formas de organizar una nueva modalidad de trabajo humano, que ha sido exitosa en la operatoria y en la eficiencia del servicio provisto, y desafían las reglas del derecho laboral pero también desafían los contratos entre autónomos del Código Civil y Comercial de la Nación, y demandan un nuevo marco regulatorio que respondan a nuevos paradigmas.

En Latinoamérica la situación no es distinta, y de hecho, Colombia, México, en menor medida Chile Brasil Perú Bolivia Paraguay y Ecuador, tienen iniciativas que incluyen proyectos de ley que fijan las nuevas reglas para trabajar, que procuran hacerlas viables.

Estas nuevas formar de organizar el trabajo obligan a las autoridades públicas, al Parlamento, y a los expertos a revisar los viejos modelos, y repensar un nuevo subsistema que sin dudas, exigirá un cambio de mentalidad, y un replanteo total de todos los esquemas preexistentes.

Una realidad como la descripta debe computarse como dato central de cualquier análisis.

Estas nuevas formas de organizar el trabajo está generando nuevos puestos de trabajo, autónomo o dependiente, o de un nuevo formato que gira en torno de los dos pilares clásicos.

En rigor, no deberíamos dejar que el debate nos agote, tratando de determinar si estos nuevos trabajadores son independientes o sea si trabajan por cuenta y riesgo propio, o si se trata de empleados en relación de dependencia, modelo que por sus costos directos o indirectos intrínsecos y colaterales hacen inviables a estas nuevas figuras.

Creo sinceramente que estos dos extremos ya se han agotado y hoy no sabemos cómo darle cabida a modelos que generan puestos de trabajo, cualquiera sea su naturaleza, y ante la crisis global que ofrece la carencia de trabajo, deberíamos darle un marco razonable.

Recordemos finalmente, que el artículo 14 bis de la Constitución Nacional comienza diciendo que “el trabajo en sus diversas formas gozarán de la protección de las leyes”, y nuestra Carta Magna no diferencia que tipo, modalidad o formato de trabajo, sino que se refiere a todo tipo de trabajo.

En un contexto como el expresado, ya sabemos que en la historia se supieron generar regímenes especiales, como la industria de la construcción, el servicio doméstico o de casas particulares, el trabajador embarcado, junto a los servicios profesionales como los médicos, los abogados, los emprendedores, y últimamente los que trabajan en UBER, en RAPI, y en otras nuevas formas de organizar el trabajo.

Todo indica que es hora de crear un nuevo subsistema, que combine los factores que caracterizan este tipo de modalidad, que preserve los hitos que le dieron éxito y difusión, procurando que las nuevas reglas no sean tales que anulen o destruyan la iniciativa, que hoy por hoy es una de las formas más efectivas de crear trabajo, aún cuando se trate de un nuevo género, un “tertium genus”.

El desafío está planteado, y junto a la reforma laboral que impone construir sobre lo construido, deberíamos introducir estas figuras nuevas que habiliten el desarrollo de nuevos empleos, teniendo en consideración que este es un objetivo central del presente y del futuro, como hito fundamental para que los que han logrado una actividad rentada conveniente, recuperen la dignidad perdida, o para los que gozan de una actividad rentada sustentable, la preserven.

Por Julián A. de Diego.
Director del Posgrado en RR. HH. Escuela de Negocios de la U.C.A.

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