28 abril 2020

LaborNet Nro 948 “Procedimiento. Cómputo de plazos respecto de la materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Nuevo período de feria fiscal extraordinario. Habilitación de feria para fiscalizaciones correspondientes a información proporcionada por la OCDE. Resolución General (AFIP) N° 4703/2020”

Estimada/os,

En el día de hoy, 28 de abril de 2020, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución General de referencia mediante la cual se fija un nuevo período de feria fiscal extraordinario, entre los días 27 de abril y 10 de mayo de 2020, ambos inclusive.

Sin embargo, se habilita la feria fiscal extraordinaria a que se refiere el párrafo anterior, para los procedimientos de fiscalización correspondientes a la información proporcionada a la AFIP por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), a partir del día siguiente al de la publicación de la presente en el Boletín Oficial.

Al respecto, recordamos que las notificaciones pueden ser realizadas en el Domicilio Fiscal Electrónico y el contribuyente puede contestarlos a través del Procedimiento de Presentaciones Digitales establecido por la Resolución General (AFIP) 4503/2019.

Cordiales Saludos,

Paula Analía Babij                        Raúl Alzuarte

Res. Gral. 4703-2020

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