
LaborNet Nro 977 “Extensión del plazo para la inscripción en el servicio “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción – ATP” hasta el 26 de mayo inclusive. Resolución General N° 4721/2020 de la Administración Federal de Ingresos Públicos”
Estimada/os,
A través del presente les comunicamos que hoy, 21 de mayo de 2020, se publicó en el Boletín Oficial la norma de referencia, a través de la cual el organismo fiscal dispone una extensión del plazo para declarar Impuesto a las Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular (según terminación de CUIT).
- Para el Impuesto a las Ganancias y para el Impuesto a los Bienes Personales:
CUIT terminado en | Plazo para presentar DDJJ | Plazo para ingresar saldo restante |
0, 1, 2 y 3 | 24/07/2020 | 27/07/2020 |
4, 5 y 6 | 27/07/2020 | 28/07/2020 |
7, 8 y 9 | 28/07/2020 | 29/07/2020 |
- Para el Impuesto Cedular:
CUIT terminado en | Plazo para presentar DDJJ | Plazo para ingresar saldo restante |
0, 1, 2 y 3 | 27/07/2020 | 27/07/2020 |
4, 5 y 6 | 28/07/2020 | 28/07/2020 |
7, 8 y 9 | 29/07/2020 | 29/07/2020 |
Por otra parte, los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales N° 2.442 y N° 4.003, sus respectivas modificatorias y complementarias, podrán -con carácter de excepción- efectuar la presentación de las declaraciones juradas informativas previstas, respectivamente, en los artículos 8° y 15 de las mencionadas normas, correspondientes al período fiscal 2019, hasta el 31 de julio de 2020, inclusive.
La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Cordiales Saludos,
Paula Analía Babij Gonzalo Vázquez
Res. Gral. 4721-20 Prorr ganancias
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