
LaborNet Nro 1033 “Procedimiento. Presentaciones y/o comunicaciones electrónicas en el ámbito de las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social. Resolución General (AFIP) N° 4749/2020”
Estimada/os,
En el día de hoy, 30 de junio de 2020, se publicó en el Boletín Oficial la norma de referencia, a través de la cual se establece la utilización obligatoria del servicio “Presentaciones Digitales” (AFIP), para realizar electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se detallan a continuación:
- Alta retroactiva de impuestos
- Aporte de documentación Reintegro SIR
- Asociación de CUITs
- Baja retroactiva en impuestos y/o regímenes
- Beneficio detracción anticipada
- Bonos fiscales – Utilización de imputación en exceso de anticipos
- Cambio de domicilio fiscal – Personas humanas
- Cambio de fecha de cierre de ejercicio
- Cancelación de inscripción por fallecimiento o alta de sucesión
- Capacidad Económica Financiera – CEF – Disconformidad
- Carga de fecha de jubilación
- Certificado de capacidad económica – Personas con discapacidad
- Certificado de exclusión de retención de IVA – RG N° 2.226
- Certificado de exención impuesto a las ganancias – RG N° 2.681
- Certificado de libre deuda previsional – Ley N° 13.899
- Certificado de no retención de impuesto a las ganancias – RG N° 830
- Certificado de no retención del régimen de seguridad social – Disconformidad
- Certificado de residencia fiscal
- Certificado de ventajas impositivas – RG N° 2.440
- Consultas no vinculantes – Art. 12 Decreto N° 1.397/79
- Consultas vinculantes – RG N° 4.497
- Controlador fiscal – Baja y/o recambio de memoria
- Detracción para empleadores concesionarios de servicios públicos
- Devolución de saldos de libre disponibilidad – RG N° 2.224
- Ejecuciones fiscales – Dación de pago de embargos (Título II)
- Ejecuciones fiscales – Plan de pagos de honorarios
- Ejecuciones fiscales – Presentaciones y comunicaciones varias
- Empadronamiento de imprentas
- Factura M – Disconformidad
- Habilitación de comprobantes – Suspensión para acreditación ante dependencia
- Impugnación – RG N° 79
- Modificación de capacidad productiva
- Modificación de nombres, apellido y/o género
- Modificación estado administrativo CUIT – Modalidad reactivación presencial
- MONOTRIBUTO – Modificación de categoría actual por error
- Planes de pago – Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras
- Presentación de escritos recursivos – Art. 74 Decreto N° 1.397/79
- Presentación F. 408 – Allanamiento o desistimiento
- Presentación F. 885 – Modificación alta y baja de empleados – RG N° 2.988
- Procesamiento o anulación de compensaciones
- Promoción del desarrollo y producción de la biotecnología moderna
- Recupero de IVA por exportación
- Registración de contratos – Oferta de entrega escritos, no primarios
- Registro de beneficios ICREDED – RG N° 3.900
- Reimputación de pagos – Formulario 399
- Reintegro de impuesto sobre los combustibles líquidos
- Reorganización de sociedades
- SIPER – Disconformidad
- SISA – Cesión gratuita con derecho a usufructo
- SISA – Domicilio pendiente de validación en dependencia – Ex RFOG
- Solicitud de cartas de porte por excepción
- Solicitud de cupos en el Registro de Entidades Emisoras de Garantías (REEG)
- Solicitud de no retención impuesto a la transferencia de inmuebles
- Solicitud de registración de DJ rectificativa en menos
- Solicitud de reintegro de saldo libre disponibilidad, transferencia RG N° 1.466
- Transferencia de importes convalidados – RG N° 1.466
- Utilización de importes transferidos – RG N° 1.466, Art. 11 o RG 2.000, Art. 31
- Verificaciones – Respuesta requerimiento
- Zona de emergencia – Acreditación.
La presente resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Cordiales Saludos,
Paula Analía Babij María Solana de Diego
Res Gral 4749-2020 presentaciones digitales
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