30 junio 2020

LaborNet Nro 1033 “Procedimiento. Presentaciones y/o comunicaciones electrónicas en el ámbito de las Direcciones Generales Impositiva y de los Recursos de la Seguridad Social. Resolución General (AFIP) N° 4749/2020”

Estimada/os,

En el día de hoy, 30 de junio de 2020, se publicó en el Boletín Oficial la norma de referencia, a través de la cual se establece la utilización obligatoria del servicio “Presentaciones Digitales” (AFIP), para realizar electrónicamente las presentaciones y/o comunicaciones que se detallan a continuación:

  • Alta retroactiva de impuestos
  • Aporte de documentación Reintegro SIR
  • Asociación de CUITs
  • Baja retroactiva en impuestos y/o regímenes
  • Beneficio detracción anticipada
  • Bonos fiscales – Utilización de imputación en exceso de anticipos
  • Cambio de domicilio fiscal – Personas humanas
  • Cambio de fecha de cierre de ejercicio
  • Cancelación de inscripción por fallecimiento o alta de sucesión
  • Capacidad Económica Financiera – CEF – Disconformidad
  • Carga de fecha de jubilación
  • Certificado de capacidad económica – Personas con discapacidad
  • Certificado de exclusión de retención de IVA – RG N° 2.226
  • Certificado de exención impuesto a las ganancias – RG N° 2.681
  • Certificado de libre deuda previsional – Ley N° 13.899
  • Certificado de no retención de impuesto a las ganancias – RG N° 830
  • Certificado de no retención del régimen de seguridad social – Disconformidad
  • Certificado de residencia fiscal
  • Certificado de ventajas impositivas – RG N° 2.440
  • Consultas no vinculantes – Art. 12 Decreto N° 1.397/79
  • Consultas vinculantes – RG N° 4.497
  • Controlador fiscal – Baja y/o recambio de memoria
  • Detracción para empleadores concesionarios de servicios públicos
  • Devolución de saldos de libre disponibilidad – RG N° 2.224
  • Ejecuciones fiscales – Dación de pago de embargos (Título II)
  • Ejecuciones fiscales – Plan de pagos de honorarios
  • Ejecuciones fiscales – Presentaciones y comunicaciones varias
  • Empadronamiento de imprentas
  • Factura M – Disconformidad
  • Habilitación de comprobantes – Suspensión para acreditación ante dependencia
  • Impugnación – RG N° 79
  • Modificación de capacidad productiva
  • Modificación de nombres, apellido y/o género
  • Modificación estado administrativo CUIT – Modalidad reactivación presencial
  • MONOTRIBUTO – Modificación de categoría actual por error
  • Planes de pago – Anulaciones, cancelaciones anticipadas totales y otras
  • Presentación de escritos recursivos – Art. 74 Decreto N° 1.397/79
  • Presentación F. 408 – Allanamiento o desistimiento
  • Presentación F. 885 – Modificación alta y baja de empleados – RG N° 2.988
  • Procesamiento o anulación de compensaciones
  • Promoción del desarrollo y producción de la biotecnología moderna
  • Recupero de IVA por exportación
  • Registración de contratos – Oferta de entrega escritos, no primarios
  • Registro de beneficios ICREDED – RG N° 3.900
  • Reimputación de pagos – Formulario 399
  • Reintegro de impuesto sobre los combustibles líquidos
  • Reorganización de sociedades
  • SIPER – Disconformidad
  • SISA – Cesión gratuita con derecho a usufructo
  • SISA – Domicilio pendiente de validación en dependencia – Ex RFOG
  • Solicitud de cartas de porte por excepción
  • Solicitud de cupos en el Registro de Entidades Emisoras de Garantías (REEG)
  • Solicitud de no retención impuesto a la transferencia de inmuebles
  • Solicitud de registración de DJ rectificativa en menos
  • Solicitud de reintegro de saldo libre disponibilidad, transferencia RG N° 1.466
  • Transferencia de importes convalidados – RG N° 1.466
  • Utilización de importes transferidos – RG N° 1.466, Art. 11 o RG 2.000, Art. 31
  • Verificaciones – Respuesta requerimiento
  • Zona de emergencia – Acreditación.

La presente resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

 

Cordiales Saludos,

Paula Analía Babij                        María Solana de Diego

Res Gral 4749-2020 presentaciones digitales

 

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