
LaborNet Nro 1063 “Resolución General (AFIP) N° 4784/2020. Regularización de obligaciones tributarias, de la seguridad social y aduaneras para MiPyMES y entidades civiles sin fines de lucro. Modificaciones a la normativa vigente.”
Estimada/os,
En el día de hoy, 3 de agosto de 2020, se publicó en el Boletín Oficial la resolución de referencia, mediante la cual se extiende hasta el 31 de agosto de 2020 el plazo de adhesión al Plan de Facilidades de Pago para micro, pequeñas y medianas empresas, monotributistas, autónomos y entidades sin fines de lucro.
Adicionalmente, se establece un plazo de vencimiento especial de la primera cuota de los planes de facilidades de pago que se presenten entre el 1 de julio y el 31 de agosto de 2020, ambas fechas inclusive.
Recordamos que este Plan permite la regularización de deudas impositivas, de la seguridad social y aduaneras vencidas hasta el 30 de noviembre de 2019, con un plazo de regularización de hasta 10 años, la condonación parcial de intereses y total de multas.
Los contribuyentes que se adhieran deberán poseer el Certificado MiPyme vigente otorgado por el Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación.
Las disposiciones de esta resolución general entrarán en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Cordiales Saludos,
Paula Analía Babij
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