17 agosto 2020

LaborNet Nro 1071 Impuestos varios. Plazo especial para la presentación de Declaraciones Juradas. Resolución General (AFIP) 4791/2020”

Estimada/os,

Informamos que se ha publicado en el Boletín Oficial el día 12 de agosto de 2020, la Resolución General (AFIP) N° 4791/2020, la cual establece que se considerarán cumplidas en término las obligaciones que a continuación se detallan, siempre y cuando se efectúen hasta el día 12 de agosto de 2020, inclusive:

  • presentación de las declaraciones juradas de los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales (período fiscal 2019), por parte de las personas humanas y sucesiones indivisas, cuyos vencimientos operen los días 10 y 11 de agosto de 2020.
  • presentación de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social (F. 931) correspondiente al período devengado julio 2020, cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020.
  • presentación de la información nominativa de retenciones y/o percepciones (SICORE) practicadas en el curso del mes de julio de 2020, cuyo vencimiento opere los días 10 y 11 de agosto de 2020.

La presente resolución general entrará en vigencia el día de su dictado.

Cordiales Saludos,

Paula Analía Babij                                   Ana Rimoldi   

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