
LaborNet Nro 1122 “Impuesto a las Ganancias. Ley N° 27.549. Exención. Remuneraciones adicionales abonadas en virtud de la emergencia sanitaria COVID-19 para los prestadores de servicios incluidos en el Decreto Nº 260/2020. Prórroga. Decreto N° 788/2020”
Estimada/os,
Por medio del presente, les informamos que el día 5 de octubre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto mencionado, a través del cual el Poder Ejecutivo prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la vigencia de las disposiciones del artículo 1° de la Ley Nº 27.549.
Mencionamos que la Ley N° 27.549 estableció una exención transitoria del impuesto a las ganancias desde el 1° de marzo hasta el 30 de septiembre de 2020, aplicable a las remuneraciones devengadas en concepto de guardias obligatorias (activas o pasivas) y horas extras, y todo otro concepto que se liquidara en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por COVID-19, para los profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada, el personal de las Fuerzas Armadas, de las Fuerzas de Seguridad, de la Actividad Migratoria, de la Actividad Aduanera, Bomberos, recolectores de residuos domiciliarios y recolectores de residuos patogénicos, que prestaran servicios relacionados con la emergencia sanitaria establecida por el Decreto N° 260/2020 y las normas que lo extendieran, modificaran o reemplazaran.
La presente resolución general entrará en vigencia entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
Cordiales Saludos,
Paula Analía Babij – Guillermo Fleurquin
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