
LaborNet Nro 1222 “Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo. Requisito del acuerdo por escrito para modificar la modalidad de trabajo a Teletrabajo. No sustituible por la implementación de la modalidad de trabajo a distancia durante la Pandemia. Resolución N° 142/2021 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTEySS)”
Estimada/os,
Les comunicamos que se ha publicado en el Boletín Oficial en el día de hoy, 19 de marzo de 2021, la resolución de referencia, a través de la cual se dispone expresamente que a partir del inicio de la vigencia de la Ley Nº 27.555 y mientras se mantengan las restricciones y/o recomendaciones sanitarias dictadas por las autoridades nacionales, provinciales o locales, la circunstancia de que los trabajadores y las trabajadoras se vean impedidos de cumplir con el deber de asistencia al lugar de trabajo y realicen las tareas en su domicilio en función de lo dispuesto por el Decreto N° 260/2020, sus modificatorios y complementarios, y la Resolución (MTEySS) Nº 207/2020, o de las medidas que el empleador hubiera decidido implementar en forma preventiva para minimizar los riesgos de contagio, no podrá ser considerada como sustitutiva del acuerdo escrito que exige el artículo 7º del Régimen Legal del Contrato de Teletrabajo como expresión de voluntad de las partes.
La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Cordiales Saludos,
Paula Analía Babij Fernando Pansini
Programe una reunión virtual para asesoramiento
Consulte con los Expertos de de Diego & Asociados para resolver todas sus necesidades y ayudarlo a implementar las soluciones legales que su empresa hoy necesita.
Puede escribirnos vía mail o iniciar un chat con nosotros.