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Contradicciones del Salario Mínimo Vital y Móvil. Nota El Cronista
El Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM) debería ser el monto mínimo que garantice la subsistencia del trabajador y, por ende, según la definición legal (art. 116 de la Ley de Contrato de Trabajo) debería ser similar a la canasta familiar primaria.
En efecto, la LCT lo define como la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión o ahorro. A su vez el SMVM se expresará en montos mensuales, por 8 horas diarias o por hora (el mes dividido 200).
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Publicado en El Cronista 04 de mayo de 2021