
LaborNet Nro 1234 “Programa REPRO II. Reducción de contribuciones patronales para empleadores que accedan al REPRO II, y que pertenezcan a sectores críticos. Decreto N° 323/2021”
Estimada/os,
Les comunicamos que se ha publicado en el Boletín Oficial el día 10 de mayo de 2021, la norma de referencia, a través de la cual establece una reducción del 100% (cien por ciento) hasta el 31 de diciembre de 2021, inclusive, de las contribuciones patronales previstas en el artículo 19 de la Ley N° 27.541 y sus modificatorias que se destinen al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), creado por la Ley N° 24.241 y sus modificatorias, para los empleadores y las empleadoras que accedan al beneficio otorgado por el “Programa REPRO II”, creado por la Resolución (MTEySS) N° 938/2020 y sus modificatorias y complementarias y que encuadren en los sectores críticos establecidos en el Anexo de la Resolución mencionada, respecto de cada relación laboral activa.
La reducción de las contribuciones patronales se aplicará en el período mensual inmediato posterior al período de devengamiento de los salarios cuya asistencia para el pago solicita la empleadora o el empleador al “Programa REPRO II”, por cada vez en el que les sea otorgado el beneficio del “Programa REPRO II.
El beneficio establecido en el presente decreto será compensado con recursos del Tesoro Nacional con el fin de no afectar el financiamiento de la seguridad social, ni el cálculo correspondiente a la movilidad previsional establecida en el artículo 32 de la Ley Nº 24.241 y sus modificatorias.
El MTEySS, el Ministerio de Economía y la AFIP, dictarán las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la efectiva aplicación de lo dispuesto en el presente decreto.
El presente decreto entrará en vigencia a partir del 1° de mayo de 2021 para los beneficios otorgados por el “Programa REPRO II” correspondientes a los salarios devengados del mes de abril de 2021.
Cordiales Saludos,
Paula Analía Babij Luciana Almeida Huerta
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