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Un nuevo marco laboral para la prevención de salud- Nota El Cronista
El escenario nos demuestra que conviviremos por varios años con la pandemia, que la vacunación es un recurso que no obsta la prevención, que no contamos aún con medicina curativa, y con ello se transforma el rol del teletrabajador y del trabajador presencial, mucho más allá de los cambios ya operados en la relación laboral.
Por lo pronto, en el trabajo a distancia las medidas preventivas de protección de la salud son todas responsabilidad del teletrabajador. En efecto, cuando se realiza la actividad dentro del establecimiento del empleador (unidad técnica de producción o de servicios) el cuidado de la salud es un deber común, con especial énfasis en los deberes del empleador.
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Publicado en El Cronista 01 de junio de 2021.