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13 julio 2021

Un límite a la libre elección de las obras sociales. Nota El Cronista

El decreto 438/2021 rompió el derecho a elegir la obra social según su conveniencia, y estableció un régimen que favorece a los sindicatos de actividad más ineficientes, que consiste en que los trabajadores que inicien una relación laboral deberán permanecer un año en la obra social correspondiente a la rama de actividad antes de ejercer el derecho a la opción de cambio. A su vez la opción de cambio una vez al año durante todo el calendario y se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud.

Para ver la nota completa, ingrese AQUI.

Publicado en El Cronista 13 de julio de 2021.

Por Julián A. de Diego
Por Julián A. de Diego

Fundador y Titular del estudio “de Diego & Asociados”.  Abogado, Doctor en Ciencias Jurídicas.

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