

LaborNet Nro 1368 “El hijo por nacer es carga de familia, corresponde considerar al hijo por nacer como carga de familia.”

Estimados/as,
En el caso de “Enfermedad inculpable”. Y para computar correctamente las Licencias (Parte General, art 208) a los efectos de tener en cuenta las Cargas de familia, en el caso de una licencia de la mamá trabajadora, “El hijo por nacer constituye carga de familia”. Art. 65 CC.
Conforme el art. 65 CC “el nasciturus es hijo de la madre que lo lleva en el vientre”. Por ende, corresponde considerar al hijo por nacer como carga de familia, en tanto si la ley no distingue entre hijos no nacidos y por nacer, no puede interpretarse las normas de derecho previsional de modo restrictivo respecto del nacimiento del beneficio social. En consecuencia, cabe confirmar lo dispuesto en origen con relación al plazo de licencia paga y su proyección sobre SAC y vacaciones. (Del voto del Dr. Arias Gibert)
CNAT Sala V Expte Nº CNT 33014/2010/CA1 Sent.Def. Nº 76962 del 27/03/2015 “Díaz Belisle, María Celeste c/ Over Edenia S.A s/ despido” (Arias Gibert – Zas – Raffaghelli)
Enfermedad inculpable. Licencias (Parte General, art 208). Carga de familia. Enfermedad. El hijo por nacer como carga de familia. Art. 65 CC.
En un fallo de Sala X CNAT, in re: “Amaro Belki, Janet c/ Centralab y otro s/ despido” se sostuvo que la asignación prenatal –en el caso de una trabajadora con más de 5 años de antigüedad que había notificado debidamente su embarazo a su empleadora debiendo hacer reposo durante los últimos meses de gestación por complicaciones en su estado– es asimilable o se identifica con las asignaciones familiares, las cuales constituyen prestaciones que contempla el sistema de seguridad social para compensar al trabajador de los gastos que pudieran ocasionar los deberes familiares [pintar en amarillo].
Por ende, corresponde confirmar la sentencia de origen con fundamento en dicho fallo y en consecuencia corresponde considerar al hijo por nacer como carga de familia (Del voto del Dr.Zas)
CNAT Sala V Expte Nº CNT 33014/2010/CA1 Sent.Def. Nº 76962 del 27/03/2015 “Díaz Belisle, María Celeste c/ Over Edenia S.A s/ despido” (Arias Gibert – Zas – Raffaghelli)
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