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Aumento salarial de más de 10% tendrá impacto en precios
Aumento salarial de más de 10% tendrá impacto en precios
Fuente: Ámbito Financiero – Pág. 6
Autor: Julián A. De Diego (Especialista en temas laborales)
Fecha: 15-03-07
Julián A. de Diego
Los sindicatos utilizan como fundamento la inflación más un porcentaje de recuperación del valor real para reclamar un aumento salarial en las paritarias, que con distintas variantes ronda 20%.
El pedido tiene la ventaja de que se apoya sobre un valor en el que coinciden varios gremios, pero tiene la dificultad de que un aumento de ese tenor impactaría en el costo laboral en forma directa, y por ende se trasladaría a los precios.
Como todos los sectores reconocen en forma explícita, cualquier aumento de salarios y en especial los superiores a 10% inexorablemente tienen efectos sobre el precio final.
Su incidencia depende de la participación en el costo total que registre cada actividad y empresa, y del grado de resistencia que se tenga para absorber por alguna vía -productividad-los mayores costos, ya sea con ahorros en otros sectores, ya sea con la contracción de la rentabilidad. Destaquemos además que siguen vigentes los acuerdos de precios, que también operan con diversa incidencia en los resultados de las empresas, en función de si se pueden o no compensar las pérdidas con productos que están fuera del mencionado acuerdo.
En las paritarias se ha lanzado una batería de razones, justificaciones y hasta excusas para respaldar los aumentos, para mantener el valor real, y para recuperar capacidad de compra perdida. Hay estudios aportados por algún gremio que reflejan la evolución de los salarios de los últimos veinte años, y toman su mejor parámetro comparativo para buscar hoy una actualización del ingreso de la actividad.
El primer planteo sindical se relaciona con la confiabilidad de los índices publicados por el INDEC, y de hecho, 9,8% del año 2006 ha sido reemplazado por 14/ 15% como dato más realista. En lo que hace a la inflación proyectada para el año 2007, se parte del Presupuesto Nacional, que la establece en 7,4%, y de las proyecciones estimadas por el gobierno nacional, que estiman que no debe superar 8%. Si a este porcentaje se le adiciona la supuesta recuperación de salario llegamos al mentado 20%, que a la luz de la opinión del sector empresarial resulta inviable, si es que se pretende a la vez mantener el crecimiento en estabilidad.
El segundo aspecto está relacionado con la forma o modalidad de aplicación del aumento salarial, ya que existe una marcada tendencia a reformular las categorías profesionales de las viejas escalas, y a la vez, a través de diversos mecanismos se aspira a elevar la base de cálculo de la escala, aplicando aumentos mayores a los que menos ganan.
El tercer tema planteado se relaciona con la renegociación de los adicionales convencionales, muchos de los cuales se calculan sobre sumas fijas, o sobre mecanismos que requieren del acuerdo de partes para que sufran modificaciones.
El cuarto ítem se vincula con los plazos de vigencia de los acuerdos. El sector empresarial busca acuerdos de doce y de dieciocho meses, de modo de lograr un marco de previsibilidad razonable y que se proyecte en el tiempo. En cambio, los gremios mencionan acuerdos de corto plazo, o de un año con cláusulas gatillo de revisión, lo que impondría un nuevo análisis a los seis u ocho meses.
El quinto tema está ligado a la revisión de cláusulas de los convenios colectivos que tienen contenido económico y que se han anquilosado con el transcurso del tiempo. Si bien hay muchas de ellas que son de interés común entre las partes, lo cierto es que revisarlas en el actual contexto impone un riesgo muy alto de que generen un costo laboral adicional.
El empresariado en general muestra clara preocupación por la posible aparición de algún desborde, porque si tal fenómeno ocurriera, se va a tomar como ejemplo para replicar en otras negociaciones. Al contrario, el ejemplo lo deberían dar acuerdos con aumentos moderados, escalonados, con aumentos finales adecuados a cada actividad o explotación, y con prestaciones no remunerativas que disminuyan el impacto en los costos sin menoscabo del ingreso de los trabajadores.