13 julio 2018

LaborNet Nº 832 “Protección a la Maternidad y protección de menores”

Comentario al Fallo de la Corte Constitucional, Colombia, 18/01/2017. – Wadys Tejada Flórez s/demanda de inconstitucionalidad contra el numeral 1 del art. 239 y el numer- al 1 del art. 240 del dec.-ley 2663 de 1950 (Código Sustantivo del Trabajo) c. [Cita on line: CO/JUR/1/2017] Bogotá, D.C., enero 18 de 2017.

Sumario: I. Sumario al fallo.— II. El tratamiento de la mujer embarazada en el Derecho del Trabajo en Colom- bia.— III. Un debate fructífero. Conte- nido y alcance del fuero de maternidad, y como responder al cuestionamiento para determinar que se configura una omisión legislativa relativa.— IV. La Ley de Contrato de Trabajo en Argen- tina protege a la mujer embarazada y en el período de lactancia.— V. La protección constitucional de la mujerembarazada. Fin social. Organismos de la seguridad social.— VI. El debate jurídico traído a estas actuaciones y la creación de un fuero laboral de pater- nidad.— VII. Fundamentos y alcance de la protección constitucional a la maternidad y la lactancia.— VIII. Los convenios internacionales de OIT.— IX. La vida como bien jurídico tute- lado de máxima relevancia.— X. El derecho del Trabajo como regulador de la conciliación de la vida familiar y laboral y la integración de la mujer en el campo laboral.— XI. El cambio cultural con la participación diná- mica de los padres y la familia como núcleo del desarrollo integral de la persona humana.— XII. La licencia por paternidad.— XIII. La omisión legislativa.— XIV. Conclusiones del caso de Wadys Tejada Flórez.

 DESPIDO POR MATERNIDAD, alcance de la protección constitucional. Cónyuge, compañero/a permanente o pareja de la mujer en período de embarazo o lactancia.

Hechos: La Corte Constitucional de Colombia  determinó el alcance de la protección de la mujer contra el despido por razones de mater- nidad.
La protección contra el despido por mater- nidad establecida en el Código Sustantivo del Trabajo no viola la Constitución si se entiende que la prohibición de despido en esos casos y la exigencia de permiso para llevarlo a cabo, se extienden al/la trabajador/a que tenga la condición de cónyuge, compañero/a perman- ente o pareja de la mujer en período de embara- zo o lactancia, que sea beneficiaria de aquel/la.
La posición del padre trabajador que espera el advenimiento de un hijo debe ser protegida contra el despido, pues su situación presenta similitudes fácticas y jurídicas respecto de la situación de la trabajadora en estado de em- barazo o lactancia y ello demanda una protec- ción reforzada contra el despido que la Consti- tución reconoce.
Desde el punto de vista constitucional se debe brindar tanto a la trabajadora en estado de
embarazo o lactancia, como al trabajador en una situación familiar similar, cuya esposa, compañera o pareja no trabajadora se en- cuentre en período de embarazo o lactancia protección contra el despido por maternidad, pues el imperativo constitucional de brindar de manera general y objetiva protección a la mujer embarazada y lactante a cargo del Es- tado, no sólo se refiere a aquellas mujeres que se encuentran en una relación laboral sino, en general, a todas las mujeres, ello como una manifestación de la protección a la vida, a la familia y al interés superior del menor y la protección de los derechos de los niños y niñas.
Se debe brindar tanto a la trabajadora en es- tado de embarazo o lactancia, como al traba- jador en una situación familiar similar, cuya esposa, compañera o pareja no trabajadora se encuentre en período de embarazo o lactan- cia protección contra el despido en virtud de la igualdad en materia de derechos, obligacio- nes y responsabilidades en que se encuentran la mujer y el hombre, y en general los progeni- tores, en el campo de las relaciones materno- paterno filiales, paridad que se proyecta en interés de los individuos que conforman la pareja, pero también como instrumento de protección reforzada del interés superior del niño o niña, a fin de asegurar su desarrollo in- tegral y armónico.
Se debe brindar tanto a la trabajadora en es- tado de embarazo o lactancia, como al traba- jador en una situación familiar similar, cuya esposa, compañera o pareja no trabajadora se encuentre en período de embarazo o lactan- cia, protección contra el despido por mater- nidad desde una perspectiva de conciliación y armonización del trabajo con la vida familiar, ya que el padre trabajador es también titular de derechos específicos en el campo laboral que le permiten vincularse de manera más activa y autónoma a las responsabilidades que implican el cuidado de su familia y la crianza de sus hijos, durante la gestación y sus prim- eros días de vida, superando la posición sub- ordinada o accesoria que tradicionalmente se le ha reconocido, pues sus derechos, en este sentido no pueden seguir siendo considera- dos como derivación de los derechos que se le reconocen a la madre gestante.

Revista Derecho del Trabajo

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