
LaborNet Nº 850 “SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Decreto 610/2019 DNU-2019-610-APN-PTE”
Estimados,
Tema: SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL Decreto 610/2019 DNU-2019-610-APN-PTE – Vigencia. Ciudad de Buenos Aires, 02/09/2019
Que, en virtud de ello, por la Resolución del Presidente del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL N° 6/19 se fijaron las sumas para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos del ESTADO NACIONAL que actúe como empleador, un Salario Mínimo, Vital y Móvil, excluidas las asignaciones familiares, y de conformidad con lo normado en el artículo 140 de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias, y se incrementaron los montos correspondientes al mínimo y máximo de la prestación por desempleo -artículo 135, inciso b) de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias.
ARTICULO 1º.- Los montos fijados para el Salario Mínimo, Vital y Móvil, en el artículo 1°, incisos a), b) y c) de la Resolución del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL N° 6 del 30 de agosto de 2019 tendrán vigencia a partir del 1° de agosto de 2019, del 1° de septiembre de 2019 y del 1° de octubre de 2019, respectivamente.
ARTÍCULO 2°.- El incremento de los montos correspondientes al mínimo y máximo de la prestación por desempleo -artículo 135, inciso b) de la Ley N° 24.013 y sus modificatorias- dispuesto por el artículo 2°, incisos a), b) y c) de la Resolución del CONSEJO NACIONAL DEL EMPLEO, LA PRODUCTIVIDAD Y EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL N° 6 del 30 de agosto de 2019, tendrán vigencia a partir del 1° de agosto de 2019, del 1° de septiembre de 2019 y del 1° de octubre de 2019, respectivamente.
En suma, el Gobierno homologó la Resolución del Consejo Nacional de Empleao, que dispuso elevar el salario mínimo, vital y móvil (SMVyM) un 35% (Decreto 610/2019), publicado en el Boletín Oficial el día 3 de Septiembre del 2019, al 1º de Agosto, a $14.125 (12%) para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo. Luego, a partir del 1º de Septiembre, sube a $15.625 (10%), y finalmente, a partir del 1º de Octubre asciende a $16.875 (13%).
Quedamos a v/ disposición para cualquier aclaración al respecto,
Cordiales Saludos,
Estudio de Diego & Asociados – Law Firm