

LaborNet Nro 866 “Impuesto a las Ganancias de Cuarta Categoría – Actualización de deducciones (artículo 30), y escala progresiva para el cálculo del impuesto (artículo 94)”
Estimada/os,
Recientemente, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó en su página web el monto correspondiente a las deducciones establecidas en el artículo 30 a considerar en el período 2020.
Para las actualizaciones de los valores fue utilizado el índice RIPTE a octubre del 2019, con valor de 1,44277964. Dichos montos fueron redondeados para que los mismos no superen los dos decimales.
A continuación, exponemos los importes anuales para el período 2020:
Asimismo, en el cuadro siguiente se muestran las deducciones anuales para empleados en relación de dependencia que trabajen y jubilados que vivan en las provincias, y en su caso, partido a que hacen mención el artículo 1° de la Ley N° 23.272 y sus modificaciones.
Por último, informamos los montos de la escala establecida en el artículo 94 de la Ley de Impuesto a las Ganancias a considerar al momento de efectuar el cálculo del impuesto.
Un cordial saludo.
Paula Analía Babij Luciana Almeida Huerta