
LaborNet Nro 886 “Teletrabajo – Resolución N° 21/2020. Superintendencia de Riesgos del Trabajo.”
Estimada/os,
Les informamos que en el día de hoy 17 de marzo de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 21/2020 de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, la cual establece pautas básicas para la tutela de la salud laboral de los trabajadores en situación de teletrabajo.
A estos fines, los empleadores deberán denunciar a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) a la que estuvieran afiliados, el siguiente detalle:
- Nómina de trabajadores afectados (Apellido, Nombre y C.U.I.L.).
- Domicilio donde se desempeñará la tarea y frecuencia de la misma (cantidad de días y horas por semana).
Por supuesto, el domicilio denunciado será considerado como ámbito laboral a todos los efectos de la Ley N° 24.557 sobre Riesgos del Trabajo.
Esta resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial..
Cordiales Saludos,
Paula Analía Babij Guillermo Alem