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Prohibición de suspensiones y despidos: en qué consiste el DNU dispuesto por el Gobierno
Julián De Diego, abogado laboralista, dialogó con el equipo de Cada Mañana al respecto del decreto del gobierno nacional que prohíbe las suspensiones y despidos por el plazo de sesenta días.
El presidente Alberto Fernández dispuso, a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia publicado esta noche, la prohibición, por un período de 60 días, de “los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor”, como así también las “suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo”.
Así lo hizo a través del Decreto de Necesidad y Urgencia 329/2020 publicado esta noche en un suplemento de la edición de hoy el Boletín Oficial, con la firma del mandatario; del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero y de los ministros, en el marco de las medidas que viene tomando el Ejecutivo para paliar el impacto económico de la pandemia de coronavirus.
Por tal motivo, el equipo de Cada Mañana dialogó con Julián De Diego, abogado laboralista, quien analizó los pormenores del decreto presidencial.
“Lo que quiere el Poder Ejecutivo es que todo el mundo utilice la suspensión del 223 Bis de la ley de contrato de trabajo”, afirmó el abogado y explicó el punto: “El 223 bis es un artículo creado en 1996 que reflejó un mecanismo a través del cual en la crisis más profunda las empresas podían mantener la dotación pagando una parte del salario no remunerativo y sin producir despidos”.
“La empresa se tiene que sentar a negociar el monto que le va a pagar a los trabajadores, generalmente el 60% del bruto, esa suma es no remunerativa. Por lo tanto el costo laboral para la empresa cuando aplica esta suspensión es el tercio del costo laboral total”, explicó De Diego.
“En uno de los artículos del decreto dice que tampoco se pueden hacer suspensiones por razones de fuerza mayor, con excepción del 223 bis”, reafirmó el abogado.
Para De Diego “la intención del decreto es primero mandarle un mensaje a las empresas grandes como ocurrió con Techint” y a la vez “la respuesta del Gobierno para ayudar a las empresas a pasar estos 60 días”.
“El problema más importante de las empresas es yo tengo ingresos 0, eso a duras penas me va a permitir pagar los salarios de marzo. La respuesta del gobierno es usen el 223 bis, para eso tenemos el mes de abril para ir negociando con los sindicatos, y yo a su vez voy a ir sacando decretos que tienen que ver con cómo ayudar a las empresas”, consideró el abogado.
Para el letrado el objetivo del gobierno es gradual: “Ya sale un decreto que va a ayudar a las empresas de menos de 100 trabajadores. Después vendrán otros que tienen otros beneficios más los créditos blandos que tienen alguna dificultad operativa”.
No es un plan voluntarista. Los constitucionalistas van a decir que esto viola la constitución… La verdad es que el plan no es tan insensato, tiene una racionalidad que requiere otras respuestas del Gobierno complementarias a lo que plantea”, agregó.
“Es muy importante ver cuáles son todos los auxilios que va a promover el Estado porque todas las empresas tienen enormes dificultades para pagar los vencimientos que vienen”.